Cambios en las leyes en 2026 que afectan a los inquilinos

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Aprenda sobre los cambios en la Ley de Arrendamientos Residenciales del estado de Washington y otras leyes nuevas que afectan a los inquilinos.

Fast facts

La legislatura de Washington aprobó 4 proyectos de ley que afectan a los inquilinos. El gobernador los firmó para convertirlos en ley y pronto entrarán en vigor. A continuación hay un breve resumen de los cambios en la ley que afectan a los inquilinos en el estado de Washington.

A partir del 11 de junio de 2026, si un arrendador no notifica formalmente un aviso de desalojo al inquilino en persona, sino que se lo entrega a otra persona de edad y criterio adecuados, el arrendador también tiene que enviar por correo una copia del aviso al domicilio del inquilino. 

Anteriormente, el arrendador tenía que enviar una copia del aviso al inquilino por correo certificado. Ahora, el arrendador puede enviar el aviso por correo regular del Servicio Postal de EE. UU. Este es un cambio en RCW 59.12.040, que forma parte de las leyes sobre Retención Ilícita, o leyes de desalojo (RCW 59.12).

Puede leer este cambio en la ley en HB 2664

El 11 de junio de 2026, se agregarán nuevas secciones a la Ley de Arrendamientos Residenciales de Washington (RLTA) y a la Ley de Arrendamientos de Casas Manufacturadas / Móviles (MHLTA). Estas nuevas secciones dicen que, con algunas excepciones, los arrendadores no pueden prohibir a los inquilinos instalar un aparato de enfriamiento portátil, como una unidad de aire acondicionado para ventana o una bomba de calor portátil.

Los arrendadores tampoco pueden cobrarle al inquilino un cargo por el uso, la inspección o la instalación de un aparato de enfriamiento portátil, aunque sí pueden rentarle uno. También pueden cobrarle por cualquier daño que usted cause al instalar o usar el aparato de enfriamiento.

Excepciones

Los arrendadores pueden prohibir los aparatos de enfriamiento portátiles en cualquiera de estas circunstancias: 

  • el arrendador ha proporcionado una bomba de calor en pleno funcionamiento
  • la instalación del aparato requiere alteraciones excesivas en la vivienda, como soportes u otros accesorios que violen la garantía de una ventana, perforen una pared exterior o que causen daños mayores de alguna otra manera
  • la instalación del aparato violaría los códigos de construcción estatales o locales
  • la instalación del aparato violaría las instrucciones de seguridad del fabricante del aparato
  • la instalación del aparato causaría daños a la vivienda alquilada que no serían razonables
  • el aparato requeriría un suministro eléctrico que el sistema actual de la vivienda alquilada o del edificio no puede acomodar
  • el aparato interferiría con el uso de una ventana como salida de emergencia
  • el aparato impediría que el inquilino pudiera cerrar con llave una ventana exterior

La ley que contiene las obligaciones de los arrendadores residenciales, RCW 59.18.060, pronto requerirá que los arrendadores revelen si una propiedad alquilada está ubicada en una zona especial de riesgo de inundación o en una zona de posible inundación, en cualquier contrato de arrendamiento que se haga con un inquilino después del 31 de diciembre de 2026.

Los arrendadores también tendrán que revelar que su seguro no cubre la pérdida de las pertenencias personales del inquilino, y que el inquilino debería considerar comprar seguro para inquilinos y seguro contra inundaciones.

Los arrendadores también tendrán que revelar si el gobierno del condado tiene información sobre el riesgo de inundación.

Puede leer este cambio en la ley en SB 6237.

A partir del 1 de enero de 2027, si un edificio o una vivienda alquilada tiene un sistema de acceso inteligente, los arrendadores tienen que ofrecer una llave o un método de entrada alternativo a los inquilinos que pidan una alternativa. 

Un “sistema de acceso inteligente” es un método electrónico o computarizado para entrar a un edificio o a una vivienda que usa, por ejemplo: 

  • una tarjeta de identificación por radiofrecuencia
  • una aplicación de teléfono móvil
  • información de identificación biométrica, incluyendo escaneos de retina o iris, huellas dactilares, huella de voz o escaneo de la palma, la mano o el rostro.
  • cualquier tecnología digital que recopile información para permitir la entrada a un edificio, ascensor, área común o vivienda alquilada

Los sistemas de acceso inteligente no incluyen teclados numéricos ni otros dispositivos en los que el inquilino ingrese manualmente un código.

Alternativas a los sistemas de acceso inteligente

Si un inquilino pide una alternativa a un sistema de acceso inteligente, el arrendador tiene que ofrecerle un método alternativo de entrada, por ejemplo: 

  • un llavero electrónico o una tarjeta de acceso
  • una llave física
  • un sistema de teclado con un código que se ingresa manualmente
  • otra forma de acceso físico

Protección de la privacidad de los datos

Los arrendadores de edificios con sistemas de acceso inteligente tendrán que dar a los inquilinos cualquier política de privacidad escrita del sistema de acceso inteligente. 

Ya sea cuando se firme el contrato de arrendamiento o dentro del plazo de 5 días de que se instale un sistema de acceso inteligente, los arrendadores tienen que dar a los inquilinos una política por escrito que describa:

  • los datos recopilados por el sistema de acceso inteligente, incluidos los datos sobre los invitados del inquilino
  • las medidas de seguridad para proteger los datos
  • el calendario de retención de datos
  • qué hará el arrendador si los datos se divulgan a usuarios no autorizados

Se agregará una nueva sección a la RLTA que requerirá que los arrendadores recopilen la cantidad mínima de datos necesaria para usar un sistema de acceso inteligente, incluyendo:

  • el nombre del inquilino y su método de comunicación preferido
  • el número de la vivienda alquilada y otras áreas a las que tiene acceso permitido
  • información biométrica
  • contraseñas, códigos de acceso y nombres de usuario
  • información del contrato de arrendamiento, incluidas la fecha de mudanza a la vivienda y la fecha de mudanza de salida

Puede leer esta nueva ley en SB 5937.

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