Cuando ha recibido papeles de divorcio: Lo básico
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Si su cónyuge quiere divorciarse, tiene que asegurarse de que usted reciba los documentos judiciales llamados Citatorio y Petición. También podría recibir una orden de restricción inmediata o una petición de órdenes provisionales. Aprenda algunas cosas básicas, como qué son estos documentos judiciales, si el divorcio se ha presentado en el lugar correcto (y qué puede hacer si no es así), y cómo, por qué y cuándo responder.
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Fast facts
Lea el título de los documentos que recibió. El título está en la parte de arriba derecha de la primera página, debajo del número de caso. Si recibió un Citatorio y una Petición de Divorcio, tiene un caso de divorcio.
Cuando alguien presenta un caso judicial contra usted, tienen que hacer que le entreguen una copia de los documentos que presentaron en el juzgado, como la petición, el citatorio y otros documentos. A esto se le llama “notificación del proceso” o “ser notificado”.
En un caso de divorcio, normalmente su cónyuge debe hacer que otra persona le entregue los papeles en persona. Si usted evita recibir la notificación, su cónyuge puede obtener permiso para hacer entrega de los papeles por correo.
Si prefiere recibir los papeles por correo electrónico o de otra forma, puede firmar un formulario diciendo que acepta la notificación. Aceptar la notificación no significa que esté de acuerdo con todo lo que su cónyuge ha pedido. Solo significa que acepta haber recibido los papeles.
Usted tiene el derecho legal de recibir una copia de los documentos judiciales presentados en su contra. El juez no tomará ninguna decisión en el divorcio hasta que su cónyuge pueda mostrar un comprobante de que usted recibió copias de los documentos judiciales.
Una vez que recibe los documentos, tiene que actuar de inmediato para ver cómo responder al caso dentro del plazo fijado por el juzgado. Es posible que tenga que responder a una Petición de Órdenes Provisionales de la Ley de la Familia o una Orden de Restricción Inmediata, además de responder a la Petición de Divorcio . Aunque esté de acuerdo con lo que pide su cónyuge en los documentos judiciales que ha recibido, ¡no ignore los documentos!
Si usted no responde dentro del plazo indicado, el juez le dará a su cónyuge todo lo que ha pedido en sus papeles de divorcio sin ninguna participación suya (lo que se llama sentencia por incomparecencia).
Es muy difícil deshacer una sentencia por incomparecencia. Empiece a preparar su respuesta inmediatamente.
Los papeles deberían decir "Tribunal Superior de Washington, Condado de _______" en la parte de arriba. Su cónyuge debería haber iniciado (presentado y registrado) el caso en el condado donde vive él/ella o en el que vive usted.
Si su cónyuge no presentó el caso en uno de esos condados, usted puede pedir al juez que traspase el caso al condado correcto.
Una Orden de Restricción Inmediata (y Aviso de Audiencia) es una orden judicial que su cónyuge obtuvo sin avisarle con anterioridad. También le dice que su cónyuge ha programado una audiencia.
Obedezca la Orden de Restricción Inmediata hasta su audiencia judicial. En esa audiencia, el juez decidirá si debe mantener vigente la Orden de Restricción Inmediata o ponerle fin.
¡Averigüe cuál es su plazo! El plazo para responder a las peticiones varía de un condado a otro. El plazo puede variar de 1 semana a 1 día antes de la audiencia. Puede que no figure en los documentos que ha recibido. Póngase en contacto con la Oficina de la Secretaría del Tribunal Superior o con el Facilitador del Tribunal para preguntar cuál es el plazo para responder. Dígale al funcionario de la secretaría qué tipo de petición ha recibido y cuándo será la audiencia.
Haga todo lo posible por responder dentro del plazo o por lo menos antes de la audiencia. Tiene que actuar rápido para responder y cuanto antes, mejor. Podría tener solo unos días para hacer esto. Entregue copias de cortesía al juez antes de la audiencia.
Si necesita más tiempo, puede tratar de pedir que le cambien (aplacen) la fecha de la audiencia. El cambio de fecha podría significar que la Orden de Restricción Inmediata siga vigente por más tiempo.
Trate de encontrar el Aviso de Audiencia. Su cónyuge probablemente programó una audiencia para la Petición. Si no ve un aviso de audiencia, llame a la secretaría del tribunal donde se presentó el divorcio para preguntar si se ha programado una audiencia.
¡Averigüe cuál es su plazo! El plazo para responder a las peticiones varía de un condado a otro. El plazo puede variar de 1 semana a 1 día antes de la audiencia. Puede que no figure en los documentos que ha recibido. Póngase en contacto con la Oficina de la Secretaría del Tribunal Superior o con el Facilitador del Tribunal para preguntar cuál es el plazo para responder. Dígale al funcionario de la secretaría qué tipo de petición ha recibido y cuándo será la audiencia.
Haga todo lo posible por responder dentro del plazo o por lo menos antes de la audiencia. Entregue copias de cortesía al juez antes de la audiencia.
Si necesita más tiempo, puede tratar de pedir que le cambien (aplacen) la fecha de la audiencia.
Depende. Si su cónyuge vive en Washington, puede presentar el divorcio y obtenerlo aquí. Pero la autoridad del juez sobre usted puede ser limitada a menos que usted haga o haya hecho algo para darle jurisdicción, o que usted acepte que Washington tenga jurisdicción sobre usted.
La Jurisdicción es la autoridad del juez para dictar órdenes sobre personas y asuntos en un caso
Sin jurisdicción sobre usted, el juez no puede dividir los bienes y las deudas, asignar dinero, fijar la manutención de los niños o del cónyuge, ni aprobar una orden de restricción o protección.
El juez puede crear un plan de crianza si Washington tiene jurisdicción sobre sus niños, incluso si usted nunca ha vivido aquí.
Si no cree que Washington tiene jurisdicción sobre usted, y no quiere que su divorcio proceda aquí, no haga nada para darle jurisdicción a Washington sobre usted. No presente una respuesta, no firme órdenes acordadas ni pida al juez que haga nada que no sea poner fin (desestimar) al caso. Aquí hay algunas cosas que sí debería hacer, tan pronto como pueda:
- Antes de cualquier audiencia, debería escribir al juez asignado a su caso una carta diciendo por qué Washington no tiene jurisdicción sobre usted. Puede encontrar la dirección del tribunal y la información de contacto en el directorio de tribunales del estado de Washington. Puede llamar al Tribunal Superior donde se presentó el divorcio para averiguar a qué juez se ha asignado su caso de divorcio. También puede presentar una petición para desestimar el caso por falta de jurisdicción. Un abogado podría ayudarle con esto.
- Si la audiencia ya está programada y no puede escribir al juez antes de la audiencia, vaya a la audiencia. (Si le sería difícil acudir en persona, llame a la secretaría judicial mucho antes de la audiencia para preguntar si puede participar virtualmente por teléfono o por vía electrónica). Diga al juez por qué cree que no hay jurisdicción sobre su caso. Si el juez falla en su contra, esté preparado para responder al divorcio en Washington.
Si va a ir a una audiencia para decirle al juez que cree que Washington carece de jurisdicción, aun así debería preparar una respuesta a la moción o petición antes de la audiencia. No presente la respuesta en el juzgado, pero llévela consigo a la audiencia. Si el juez decide que Washington tiene jurisdicción, ahí pídale al juez que lea su respuesta.
Si no le dice al juez que Washington no tiene jurisdicción personal sobre usted lo antes posible, es probable que el caso siga adelante en Washington. Lo más probable es que no pueda objetar más adelante.
Depende. Si su cónyuge ha pedido órdenes de restricción provisionales o inmediatas de inmediato, usted tendrá que responder a esa petición y asistir a una audiencia. Si su cónyuge no ha pedido esas órdenes, pero usted cree que se necesita alguna de esas órdenes, usted mismo(a) puede pedir órdenes provisionales.
Si necesita más información sobre la situación de su cónyuge, ya sea para irse a juicio o para intentar llegar a un acuerdo, puede iniciar un proceso llamado descubrimiento de pruebas para intentar obtener esa información.
Eventualmente tendrá que finalizar su divorcio. La manera en que eso suceda depende de cuánto estén de acuerdo usted y su cónyuge.
Paso por paso
Averigüe en qué tribunal se presentó el divorcio.
Lea la parte de arriba de la primera página del Citatorio o de la Petición. Debería decir algo como "Tribunal Superior de Washington, Condado de Clark". Aquí es donde tendrá que presentar su respuesta.
Determine cuánto tiempo tiene para responder.
Mire los documentos que recibió. El Citatorio debe decir para cuándo tiene que presentar su respuesta a la petición en el juzgado.
Revise cuidadosamente todos los papeles para ver si también le notificaron de una Petición de Órdenes Provisionales de la Ley de la Familia u Orden de Restricción Inmediata y Aviso de Audiencia junto con el Citatorio y la Petición. Probablemente hay un plazo distinto para responder a cualquiera de estas órdenes
Aviso referente a Dependiente de Personal Militar: Si recibió este aviso, y usted es dependiente de alguien que es personal militar, como explica el aviso, usted tiene que notificar a su cónyuge y al tribunal dentro del plazo de 20 días de haber recibido el aviso.
Lea cuidadosamente los papeles.
Necesita averiguar qué está pidiendo su cónyuge. Use un resaltador amarillo. Marque todo lo que quiera responder en los papeles de su cónyuge.
Trate de hablar con un abogado.
Incluso si no le alcanza el dinero para contratar a un abogado que le represente, trate de hablar con un abogado para obtener asesoramiento, si tiene tiempo.
Reúna sus pruebas.
Trate de obtener las pruebas que va a necesitar ahora, para usarlas cuando llene los formularios. Piense detenidamente sobre qué información le ayudará a demostrar que lo que le está diciendo al juez es correcto o que lo que la otra parte dice no es cierto. Esto podría incluir declaraciones suyas y de otras personas con conocimiento personal, registros, fotos e información financiera.
Escriba su respuesta.
Llene la Respuesta a la Petición sobre un Matrimonio. Puede llenarla en línea o imprimirla para llenarla a mano. Si también tiene que responder a alguna petición, responda algunas preguntas en nuestra herramienta Obtenga formularios de la ley de la familia para obtener los formularios correctos para su situación.
Haga 2 copias.
Haga 1 copia para usted y 1 para su cónyuge.
Haga la notificación del proceso con una copia de los documentos a su cónyuge.
Si su cónyuge tiene abogado, notifique al abogado en vez de a su cónyuge.
Esto puede hacerlo usted mismo o puede hacer que otra persona lo haga por usted. Siempre se puede hacer la notificación por entrega en mano o por correo postal. La notificación por correo electrónico o fax se puede hacer solo si la otra parte (o su abogado) dice que acepta esa manera de notificación procesal en sus papeles, o si las reglas de su juzgado local lo permiten.
Para la notificación por entrega en mano, la otra parte (o el abogado) tiene que recibir su copia antes de que venza el plazo. Pídales a ellos o a su personal de oficina que timbren la fecha en la copia suya.
Para notificar por correo, tiene que poner las copias en el correo por lo menos 3 días antes de que venza el plazo. Pregunte en la Oficina de Correos por un seguimiento o confirmación de entrega.
Usted (o su notificador) tiene que llenar y firmar el Comprobante de envío por correo o entrega en mano. Haga 1 copia.
File the originals. (If the case has not yet been filed, skip this step.)
Usted puede ser notificado de una demanda antes de que el caso sea presentado en el juzgado. Busque un número de caso en los documentos que recibió. Debería estar en la parte superior derecha de la primera página. Si hay un número de caso, el caso fue presentado en el juzgado. Si no ve un número de caso, es posible que no se haya presentado todavía. Puede llamar a la secretaría del juzgado para averiguarlo.
Para presentar papeles en el juzgado en persona: Lleve sus documentos ya completos a la secretaría del juzgado y presente los originales. Haga que timbren sus copias con la fecha para demostrar que fueron presentados. Guarde sus copias.
Para presentar papeles en el juzgado por correo: envíe por correo a la oficina de la secretaría del juzgado 2 copias junto con un sobre de retorno con franqueo pagado dirigido a usted. ¡Envíe sus documentos por correo con tiempo para que el juzgado los reciba antes de que venza el plazo!
Algunos juzgados permiten presentar documentos en línea (e-file). Consulte el sitio web de la secretaría de su juzgado para obtener instrucciones.
Prepárese para las audiencias judiciales y vaya a ellas.
Una vez haya presentado a tiempo su respuesta o respuestas y haya notificado a su cónyuge (o a su abogado), debería recibir aviso de todas las fechas para ir al juzgado (audiencias). Si lo hace demasiado tarde y el juez ya dictó órdenes en su contra, trate de hablar con un abogado de inmediato.